Una vez al año, por primavera, los contribuyentes españoles nos vemos en la obligación de tramitar nuestra declaración de la renta, una formalidad tributaria que implica informar a Hacienda de tus ingresos en el año fiscal anterior. Es decir, en 2015 realizas la declaración de la renta de 2014. Algunos afortunados percibirán la devolución de cierta cantidad. Otros, en cambio, se verán obligados a pagar.
El procedimiento se ha simplificado de un tiempo hasta ahora, y a día de hoy en la mayoría de casos basta con consultar el borrador en la página de la Agencia Tributaria y confirmarlo o corregirlo. Para evitarte dolores de cabeza y para que tengas en tu mano todos los recursos disponibles para hacer correctamente tu declaración de la renta 2014, recopilamos para ti un listado con un calendario de días claves, requisitos necesarios y aplicaciones oficiales para ayudarte.
¿Tengo que solicitar el borrador?
La declaración de la renta parte de un borrador. Pero antes de ponernos con la calculadora y las facturas: ¿cumples los requisitos para solicitar el borrador?
Según indica el Boletín Oficial del Estado, estás obligado a declarar tu renta del ejercicio anterior si cumples un requisito básico: ingresaste más de 22.000 euros anuales por tu trabajo. En el caso de tener dos o más sueldos, el límite está en 11.200 euros anuales.
Si no cumples estos requisitos, no estás obligado a solicitar el borrador, si bien es posible que te convenga solicitarlo si quieres recuperar parte de las retenciones aplicadas a ciertas ayudas o en relación a operaciones bancarias.
¿Cuánto tiempo tengo para solicitarlo?
La campaña 2015 para la declaración de la renta de 2014 empieza el 7 de abril. Ese día, la Agencia Tributaria dará acceso al contribuyente al borrador de la declaración del IRPF a través de Internet, en su página oficial.
Otras fechas importantes del calendario son:
7 de abril: inicio de la campaña de la renta, obtención de datos fiscales, obtención, modificación y confirmación de borradores, descarga del programa PADRE, servicio de atención telefónica.
6 de mayo: apertura de la cita previa.
11 de mayo: inicio de atención presencial en oficinas. Presentación de borradores en papel.
25 de junio: fecha límite para domiciliación bancaria
29 de junio: último día para solicitar asistencia en oficinas.
¿Cómo solicito el borrador?
Como he comentado en el punto anterior, la Agencia Tributaria crea tu borrador de declaración automáticamente si ya declaraste en años anteriores. Así, pues, tu única labor es consultar el borrador y certificar que todo está en orden.
Para solicitar el borrador, necesitarás aportar tu NIF (número de identificación fiscal, el número que aparece en tu DNI), la cifra que aparece en la casilla 415 de tu declaración de 2013 y un número de móvil, donde recibirás el número de referencia de tu borrador de 2014 para consultarlo cuando quieras.
Aplicaciones y otras ayudas
Programa PADRE para Windows y Mac. Disponible desde el 7 de abril, te será muy útil para editar el borrador o crearlo tú mismo con datos de declaraciones anteriores. Encontrarás una explicación más detallada de cómo funciona y qué ofrece en este artículo.
Agencia Tributaria para Android y iOS. Con esta app podrás realizar algunas gestiones como consultar o presentar documentos, encontrar una oficina de Hacienda cercana a donde estés y conocer las últimas noticias relacionadas con la Agencia Tributaria.
Novedades legislativas que afectan a IRPF 2014. En esta página de la Agencia Tributaria encontrarás todas las novedades relacionadas con la declaración de la renta 2014 con respecto a años anteriores, como exenciones, deducciones y otros conceptos tributarios.
¿Realizas la declaración de la Renta por Internet, con PADRE o en Hacienda?
Enlaces relacionados
- Descarga Renta 2014 (Modelo PADRE) para Windows
- Descarga Renta 2014 (Modelo PADRE) para Mac
- Renta 2010: Cómo declarar tus impuestos con el programa PADRE
- Aplicaciones oficiales del Gobierno español
Artículo publicado el 8 de abril de 2014 y actualizado el 8 de abril de 2015
Además de la
¿Seleccionar imágenes o filmar un vídeo? Eso es lo que pregunta Magisto para empezar. La primera opción es para aprovechar material que tengas en tu carrete digital y la segunda para grabar vídeo en ese momento. La app recomienda un mínimo de cinco fotografías y 15 segundos de vídeo con un límite de 10 videoclips (500 MB en total) o 10 fotografías por vídeo en la versión gratuita. Si quieres más, la versión Premium admite hasta 25 videoclips y 30 fotografías.
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A medida que se añaden, en tandas considerables, se genera un borrador con un estilo y canción aleatorios. Los encontrarás en la galería de películas de Magisto y puedes editarlos o borrarlos.
Hoy te voy a hablar de vuQio, una aplicación para teléfonos iPhone y Android que cumple las funciones de guía televisiva y de red social donde hablar de televisión y de programas concretos.
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